(DECRETO 167) Decreto adhiérase a las disposiciones del Decreto Provincial Nº 127/2020 en todos sus términos

DECRETO Nº 167

Visto:

El dictado del Decreto Provincial Nº 127/2020, mediante el cual se otorga una licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras de sector público provincial, que hayan ingresado a la República Argentina desde países confirmados de Coronavirus (COVID-19), según indicación de la autoridad sanitaria, a fin de que puedan permanecer en sus hogares con el objeto de dar cumplimiento a las previsiones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; Y

Considerando:

Que el nuevo virus Coronavirus (COVID-19) posee un alto nivel de contagio entre personas, resultando de vital importancia la pronta aislación de las personas afectadas a fin de evitar un riesgo de infección para otras;

Que, el Ministerio de Salud de la Nación ha resuelto en ese sentido al emitir la Resolución Nº RESOL-2020-178-APN-MT;

Que, el art. 5º del Decreto Provincial Nº 127/2020 invita formalmente a los Municipios a adherir a las disposiciones allí contenidas;

Que, resulta necesario el dictado del presente acto administrativo;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CHACABUCO:

DECRETA:

Artículo 1º: Adhiérase a las disposiciones del Decreto Provincial Nº 127/2020 en todos sus términos.

Artículo 2º: La licencia establecida en el artículo 1º del Decreto Provincia Nº 127/2020 se hará efectiva desde que la persona que haya estado en países con casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) hubiera ingresado a la República Argentina y por un lapso de catorce (14) días corridos. A tal efecto el/la trabajador/a deberá poner en conocimiento de su superior jerárquico de la circunstancia acreditando comprobante de ingreso al país desde algunos de los países anteriormente mencionados.

Artículo 3º: La licencia establecida en el artículo 1º no afectará la percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por Ley o Convenio le correspondiere percibir a la persona trabajadora.

Artículo 4º: La licencia excepcional prevista en el presente Decreto será de carácter extraordinaria por las causales y circunstancias anteriormente descriptas, no pudiéndose computar a ningún otro tipo de licencia establecida normativamente o por convenio y que pudieran corresponder al uso y goce de la trabajadora o del trabajador.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrenado por el Señor Secretario de Gobierno de la comuna.

Artículo 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Chacabuco, 12 de marzo de 2020

(DECRETO 166) Suspéndase todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual mayor a doscientos asistentes

DECRETO Nº 166

Visto:

Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el DNU 260/20 del PEN y el Decreto 132/20 de la Provincia de Buenos Aires; Y

Considerando:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus (COVID-19 ) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que, tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que, en virtud de las recomendaciones del citado Organismo Internacional, deviene necesario restringir todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico, musical o festivo mayor a doscientos (200) asistentes;

Que, sin perjuicio de lo referido en el párrafo precedente deviene necesario establecer la reducción de la capacidad de ocupación en un cincuenta por ciento (50%), la que no podrá superar los doscientos (200) asistentes, para todas las actividades religiosas que se desarrollen en templos o establecimientos, las actividades que se desarrollen en boliches, bares, restaurantes, salas de teatro, cine, salas de juego, centros culturales de gestión privada, y todo otro de establecimiento en los que se realicen convenciones o congreso;

Que las medidas adoptadas serán por el plazo de quince (15) días corridos a partir de la fecha del presente decreto, pudiendo ser prorrogadas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria;

Que las respectivas autoridades de fiscalización y control verificarán el cumplimiento de las medidas impuestas por el presente;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CHACABUCO:

DECRETA:

Artículo 1º: Suspéndase todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico, deportivo, musical o festivo mayor a doscientos (200) asistentes, sea público o privado.

Artículo 2º: Restríngese la capacidad de ocupación en un cincuenta por ciento (50%), la que no podrá superar los doscientos (200) asistentes, para todas las actividades religiosas que se desarrollen en templos y/o establecimientos, las actividades que se desarrollen en boliches, bares, restaurantes, en salas de teatro, cine, salas de juego, centros culturales de gestión privada, y todo otro tipo de establecimiento en los que se realicen convenciones o congreso.

Artículo 3º : Establécese que las medidas adoptadas serán por el plazo de quince (15) días corridos a partir de la fecha del presente decreto, pudiendo ser prorrogadas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria.

Artículo 4º: Establécese que las autoridades de fiscalización y control verificarán el cumplimiento de las medidas impuestas por el presente.

Artículo 5º: Medidas de control para establecimientos comerciales, que no se encuadran en eventos de participación masiva pero poseen concurrencia continua:

Gastronómicos:

– Separar a más de un metro la mesa de los consumidores.

– Garantizar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.

– No permitir la acumulación de personas a la espera del servicio (comúnmente denominado “cola” de personas en el interior del local).

– Utilizar manteles y servilletas descartables o desinfección de mesa adecuada cada vez que cambien los comensales.

– Extremar medidas de higiene.

– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los empleados que viajaron a los a países en riego no concurran a sus lugares de trabajo.

Comerciantes:

– Extremar medidas de desinfección en probadores y ámbitos de alta circulación.

– Garantizar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.

– Intensificar medidas de higiene.

– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los empleados que viajaron a los países en riesgo no concurran a sus lugares de trabajo.

Empresas de transporte público:

– Extremar las medidas que fuesen necesarias para colaborar en la prevención y/o contagio del coronavirus (COVID-19).

– Desinfectar los colectivos, remises y combis diariamente.

– Sumar alcohol en gel en todas las mesas y/o alternativa que haga las veces de tal.

– Intensificar campaña de concientización en las unidades para prevenir el contagio.

– Brindar información a los pasajeros sobre los protocolos de licencia a las personas que viajan para que no concurran a sus lugares de trabajos.

– Solicitar que se adhieran al protocolo provincial para que todos los choferes y empleados que viajaron a los a países en riesgo para que no concurran a sus lugares de trabajo.

Artículo 6º: Recomendar a la población que adopte las siguientes precauciones:

– Lavado de manos con agua y jabón.

– Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue del codo o usar un pañuelo descartable al toser o estornudar (descarte inmediato).

– Ventilar los ambientes.

– Limpiar frecuentemente los objetos y las superficies que se usen con frecuencia.

– Contacto inmediato con el sistema de salud ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios.

– Personas de 65 años y mayores de esa edad: se recomienda el aislamiento social; fundamentalmente, lugares cerrados con concurrencia importante de personas y visitantes sintomáticos, o que hayan transitado en áreas de transmisión.

– No viajar a áreas de transmisión comunitaria del virus.

– Viajeros provenientes de zonas de transmisión con síntomas: comunicarse al 107.

– Viajeros provenientes de zonas de transmisión: aislarse en su domicilio y no concurrir a lugares públicos (ámbitos laborables, recreativos, deportivos, sociales) durante 14 días.

Artículo 7º: Sancionar el incumplimiento de esta normativa con suspensión o quita de la habilitación municipal para funcionar y/o demás normas legales correspondientes.

Artículo 8º: El presente Decreto será refrenado por el Señor Secretario de Gobierno de la comuna.

Artículo 9º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Aiola se reunió con el ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Gollán

Aiola se reunió con el ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Gollán

El intendente del partido de Chacabuco, Víctor Aiola se reunió en la mañana de hoy con el ministro de Salud de la Provincia, Daniel GollÁn, junto al director provincial de Regiones Sanitarias, Adrián Héctor Gayoso, con quienes dialogaron sobre las particularidades del sistema de salud de ese distrito, y las principales necesidades que presenta la zona en materia sanitaria.

“Fue un encuentro de presentación donde expusimos las características que vivimos en nuestro partido, donde el año pasado debimos declarar la emergencia económica y administrativa, y resulta muy difícil mantener las prestaciones en el sistema de salud, algo que hacemos con gran esfuerzo y, a veces, en detrimento de otros áreas”, comentó Aiola.

Ante ese contexto, el mandatario informó que “hablamos de regionalizar las prestaciones sanitarias; sobre el tema del oxígeno y de los residuos patogénicos. «Por ejemplo, no es necesario que cada ciudad tenga un resonador magnético ya que un equipo puede cubrir la demanda de las localidades vecinas o; no es necesario que todos tengan una neonatología de alta complejidad sino que con una regional se podría compartir entre todos”, explicó el jefe comunal.

El sistema de salud del Partido de Chacabuco está conformado por un hospital central, cuatro hospitales periféricos y 14 centros de atención primaria de la salud, que prestan servicios a una población cercana a los 60.000 habitantes. Estos son, prácticamente el único efector de salud, porque “si bien funciona en el distrito una clínica privada, el 80 por ciento de las consultas son asistidas por el sistema público”, detalló Aiola.

Otro sueño que se concreta: El Jardín 915 incorporó el turno mañana

Otro sueño que se concreta: El Jardín 915 incorporó el turno mañana

Continúan las mejoras en la calidad educativa de Chacabuco

Pasado el mediodía de hoy, el intendente Víctor Aiola, junto a la jefe Distrital de Educación, María del Valle Aiola, estuvieron en el Jardín de Infantes Nº 915 donde fueron recibidos por su directora Sonia Ferreyra, y docentes del establecimiento educativo.

El motivo de la visita fue hacer entrega de la planilla que habilita al Jardín con tres cargos (dos maestras jardineras y una preceptoría) para dos salas en el turno mañana. Con esta habilitación, además el establecimiento educativo pasa a ser de categoría Primera.

«Es un logro para esta institución que se pueda abrir el turno mañana y con tres cargos», comentó la directora, y continuó: «Las familias cuando se venían a anotar tenía para ofrecerles un solo turno, ahora tengo otra respuesta positiva para dar». «El jueves o viernes ya estamos habilitando el Jardín a la mañana», aseguró Ferreyra.

Sobre los cupos, la directora aclaró que serán ofrecidos en primera instancia a las familias de los alumnos que están viniendo a la tarde «porque más de una ves me lo han solicitado», y continuó, «hay niños en lista de espera y también invitamos (al resto de la comunidad) que vengan a inscribir a sus niños al Jardín».

Por último Ferreyra agradeció, en su nombre y del personal que la acompaña, al Intendente y a la jefe Distrital «por haber hecho realidad este pedido y porque siga creciendo el Jardín».

Educación secundaria: inicio de Ciclo Lectivo 2020

Educación secundaria: inicio de Ciclo Lectivo 2020

Este lunes, en la Escuela Secundaria N° 4 Colegio Nacional Superior, el intendente municipal, Dr. Víctor Aiola, presidió su discurso en el acto protocolar de inicio de clases.

Esta es una etapa muy importante y está bueno que esté lleno de papás acompañando a este proceso y nueva etapa en la vida.

El intendente describió a la educación como «el factor fundamental en el crecimiento y desarrollo de la sociedad».

Seguidamente, comentó a los alumnos que «no deben aceptar solamente la educación como un objeto pasivo sino que debe ser sobre el sujeto que tiene planteos y cuestionamientos» en el aula ante el docente.

«La educación lo que trata de generar son hombres probos que necesita nuestra nación pero fundamentalmente que puedan pensar libremente. La libertad nos va a permitir como adultos, el día de mañana, poder elegir, hacer, sentir y pensar verdaderamente lo que cada uno quiere», aseguró el jefe comunal.

Estuvieron presentes, el senador de la provincia de Buenos Aires, Agustín Máspoli; la jefe distrital de Educación, María del Valle Aiola; el secretario de Gobierno, Alejo Pérez; la jefe de Gabinete, Laura Marchesse; la presidente del Consejo Escolar, Mónica Wilken; demás funcionarios municipales, alumnos, directivos, personal docente, no docente y padres.

Semana de la mujer: acto de izamiento de la Bandera

Semana de la mujer: acto de izamiento de la Bandera

En el marco de la semana de la mujer, este viernes por la mañana frente al Palacio Municipal, el intendente, Dr. Víctor Aiola, presenció el izamiento de la Bandera.

Mónica Córdoba, integrante del Grupo Renacer Chacabuco, fue quien izó la Bandera en representación de todas las mujeres que transforman, luchan y superan día a día.

Estuvieron presentes, funcionarias y funcionarios del gabinete, autoridades de las fuerzas policiales y de la Comisaría de la Mujer, referentes institucionales, y demás integrantes de Renacer.