Defensa Civil equipada

Defensa Civil equipada

“Es un área muy importante en nuestra población que está siempre dispuesta a ayudar en caso de emergencia”, señaló el Jefe Comunal. Estuvo acompañado por el responsable de Defensa Civil, Mauricio Petruchelli y el subsecretario de Gobierno, Mario Dicundo.

“Consideramos que en un área sensible dentro de nuestra gestión compramos distintos elementos para ir mejorando la calidad en la prestación”, continuó Aiola. En tanto que Petruchelli brindó detalles sobre los elementos adquiridos y las gestiones que se realizaron en el área desde diciembre del 2015 hasta junio del corriente año. “Es un gran esfuerzo económico en el inicio de la gestión”, expresó. El Municipio invirtió un total de 170.000 pesos para la compra de los elementos de protección.

Seguidamente, informó sobre la cantidad de extintores comprados y recargados para los diferentes sectores municipales y dependencias. “Nos habíamos encontrado con extintores de hacía tiempo, totalmente vencidos”, apuntó el coordinador de Defensa Civil.

Por su parte, el subsecretario de Gobierno, Mario Dicundo, expresó, “nuestra intención, cuando asumió Mauricio Petruchelli, era estar a la altura de las circunstancias”. En conjunto con Bomberos Voluntarios, se adquirió una unidad 4×4 que estará al servicio de Defensa Civil. “Eso nos permitió que algún vehículo que no estaba apto para Defensa Civil pasará a Desarrollo Social y desde esta área, que tenían una camioneta 4×2 permitió trasladarla al sector de Obras Sanitarias”, explicó el funcionario para agregar, “con 100.000 pesos y una buena administración hemos hecho un enroque que nos permite trabajar mejor en cada área”.

PDCILVILEXTINGUIDORES2 (1)

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PDCILVILADQUISICIONES (1)

Dicundo: “en tan sólo seis meses vamos a tener nuevamente al Servicio Nacional del Registro de las Personas”

Dicundo: “en tan sólo seis meses vamos a tener nuevamente al Servicio Nacional del Registro de las Personas”

Permanecerá hasta el próximo miércoles 13 frente al Palacio Municipal.

Por segunda vez en seis meses arribará a Chacabuco el camión del RENAPER. Se quedará por una semana y funcionará inclusive viernes y sábado feriados y domingo, en el horario de atención de 9:00 a 18:00. “Con el ritmo de trabajo que hemos tenido la vez anterior, es muy probable que podamos hacer un gran número de trámites para los vecinos de Chacabuco”, señaló Dicundo. En marzo pasado, 1.500 personas pudieron realizar sus trámites.

Por otro lado, el funcionario comunicó que en Provincia se iniciaron las gestiones para presentar planos y requerimientos para trasladar el Registro Civil a otra locación.

Sector Industrial Planificado al RenPI
El subsecretario de Gobierno, transmitió en conferencia de prensa que el responsable de Producción, Empleo y Desarrollo Sustentable, Ariel Di Piero, estuvo este lunes en Capital Federal para comenzar con los trámites de inscripción del Sector Industrial Planificado en el Registro Nacional de Parques Industriales (RenPi), organismo que le permitirá al Municipio el acceso a créditos para infraestructura. “En un futuro cercano podría haber financiación para obras que son necesarias”, comentó Dicundo.

Desarrollo Social mudó sus oficinas

Desarrollo Social mudó sus oficinas

La Municipalidad de Chacabuco informa a la comunidad que la secretaría de Desarrollo Social funcionará a partir de mañana martes en Alberdi Nº 38. Horarios de atención al público de lunes a jueves de 8:00 a 12:00.

Directores de la película «Hijos Nuestros» en Chacabuco

Directores de la película «Hijos Nuestros» en Chacabuco

El Espacio INCAA presenta este domingo 10 a las 21:00 en el Teatro Italiano la película «Hijos Nuestros». Contará con la presencia de los directores Juan Fernández Gebauer y Nicolás Suárez.

Luego de la función, brindarán una charla a los espectadores para dialogar sobre los entretelones del rodaje. El filme se estrenó en mayo y transcurre en pleno barrio porteño de Boedo.

Sinopsis
En «Hijos Nuestros», Carlos Portaluppi interpreta a Hugo, quien alguna vez fue futbolista profesional y que hoy sobrevive como taxista. Los años y los kilos se le vinieron encima, pero la suerte parece cambiar a partir de que conoce a Silvia (Ana Katz) y su hijo Julián (Valentín Greco).

El deseo y la necesidad de ser alguien lo impulsan a llevar a Julián a probarse en el club donde él jugaba. Después de tanto tiempo, esta parece ser su oportunidad.

Pliego de bases y condiciones generales – Transporte Público

Pliego de bases y condiciones generales – Transporte Público

Artículo 1°: OBJETO
Esta licitación tiene por objeto la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en la ciudad de Chacabuco, de acuerdo a lo detallado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.—————————————————————————

Artículo 2°: AUTORIDAD DE APLICACION
La Municipalidad de Chacabuco, con sede en Reconquista N° 26, de la Ciudad de Chacabuco, será la Autoridad de Aplicación de esta Licitación.——————————

Artículo 3°: NORMAS APLICABLES
Esta Licitación Pública se regirá, en el orden de prelación que se establece en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.- ————————————————————

Artículo 4°: VALOR DEL PLIEGO
Fíjase el valor del pliego en la suma que determine el decreto de llamado a Licitación. El Pliego podrá ser adquirido en la Oficina de Compras.- ————————————

Artículo 5°: PLAZOS
Los plazos se contarán por días hábiles administrativos, salvo expresa mención en contrario en este pliego.—————————————————————————–

Artículo 6°: INSCRIPCION COMO PROVEEDOR
Precio a la presentación de la oferta, los interesados deberán inscribirse como proveedores municipales. Para ello deberán presentar la documentación que les es exijgida por la Oficina de Compras del Municipio y denunciar su domicilio real o sede social. Dicho domicilio se considerará subsistente mientras no se designe otro en su reemplazo. La comunicación de cambio de domicilio deberá hacerse en forma fehaciente.———————————————————————————————

Artículo 7°: NOTIFICACIONES
Las notificaciones se efectuarán en alguna de las siguientes formas: a) Personalmente, en el expediente licitatorio; b) Por cédula; c) Por telegrama colacionado; d) Por carta documento. En el primer supuesto, se entregará al interesado, bajo constancia, copia del acto objeto de la notificación, mientras que en los restantes se acompañará dicha copia si se trata de notificación por cédula; o, en su defecto, se transcribirá el acto objeto de la notificación. No obstante los adquirentes deberán constatar personalmente previo, al acto de apertura, en la Oficina de Compras de la Municipalidad, si han sido notificados debidamente de la totalidad de las circulares y aclaratorias; la no concurrencia se entenderá por conocimiento y aceptación de las mismas.————————————-

Artículo 8°: CONSULTAS
Solamente los adquirentes de este Pliego podrán efectuar consultas o pedir aclaraciones por escrito sobre el mismo, a cuyo fin deberán dirigirse a la Secretaría de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Chacabuco, hasta el día anterior a la fecha del acto de apertura. Las respuestas se notificarán a todos los adquirentes del Pliego. Los adquirentes deberán señalar durante el período de consulta, cualquier error u omisión o discrepancias en cantidades, conceptos o anotaciones en general, contenida en la documentación. No formulándose observaciones, se establece que la solución de esos errores que surjan en la documentación, queda a exclusivo criterio de la Municipalidad de Chacabuco, quien resolverá de acuerdo al espíritu con que el servicio fue proyectado, y el adquirente no tendrá derecho a reclamación alguna por esos conceptos.—————

Artículo 9°: CERTIFICACIONES. TRADUCCIONES. LEGALIZACIONES
Toda vez que este pliego requiera certificación de firmas, está será hecha por notario o autoridad judicial, con exclusión de toda otra, salvo indicación en contrario en este pliego. Si la documentación exigida en la presentación de la oferta estuviera redactada en idioma distinto al español, deberá acompañarse su traducción, efectuada por traductor público matriculado, quedando exceptuados de este requisito los catálogos, folletos ilustrativos y especificaciones técnicas. Los documentos que se acompañen podrán presentarse en sus originales o en copia certificada por notario o autoridad judicial, en testimonio expedido por autoridad competente.———————————-

Artículo 10º: JURISDICCION
Las cuestiones que se susciten con motivo de esta Licitación se ventilarán por ante la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Junín (B).——–

Artículo 11º: OFERENTES
11.1. Podrán participar en esta licitación personas físicas o jurídicas, domiciliadas en el país, con plena capacidad jurídica al efecto.
11.2. Las sociedades deberán acreditar las inscripciones en la AFIP DGI, en el impuesto a las ganancias IVA, inscripción como empleadores e Ing. Brutos Pcia. de Buenos Aires.
11.3. No podrán ser oferentes: a) Quienes estén inhabilitados por condena judicial; b) Los quebrados, mientras no estén rehabilitados; c) Quienes estén suspendidos o dados de baja en el Registro de Contratistas de la Municipalidad de Chacabuco; d) Aquellos a quienes la Municipalidad de Chacabuco les hubiera resuelto contrato por culpa de ellos, aunque dicha resolución no estuviera firme.-

Artículo 12º : FORMALIDADES DE LA OFERTA
12.1 La oferta se hará por escrito, salvándose toda raspadura, enmienda o interlineado. Será suscripta por el oferente, con identificación del firmante, quien rubricará cada una de las hojas que compongan la oferta, las que deberán ser foliadas.
12.2 La PROPUESTA se hará en original y se deberá presentar, en dos sobres (cajas o paquetes) que se denominarán SOBRE Nº 1 ANTECEDENTES Y SOBRE Nº 2 OFERTA.
El original será foliado y firmado por quien suscriba la presentación.
Las ofertas contendrán un índice de su contenido y, de estar ella conformada por más de un cuerpo, éstos se identificarán numéricamente y el primero de ellos tendrá un índice general, mientras que los restantes lo tendrán de sus respectivos contenidos.———————————————————————————–

Artículo 13º: PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en el lugar y día fijados en el decreto de convocatoria, y con anterioridad a la hora establecida al efecto. Si el día fijado no fuese laborable o hábil, por cualquier circunstancia, el límite de presentación y el acto de apertura se prorrogarán al primer día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar. Las ofertas extemporáneas no serán recibidas.——————————————————–

Artículo 14º: MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes mantendrán sus ofertas por el término de treinta (30) días, a contar de la fecha de apertura de los sobres. Esta obligación, y su garantía correspondiente, se renovarán automáticamente por igual término, salvo que el oferente hiciera saber su decisión en contrario, con cinco días de anticipación a cada vencimiento.——————

Artículo 15º: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
15.1 Los oferentes garantizarán el mantenimiento de la oferta por un monto de PESOS UN MIL ($ 1.000-).
15.2 Seguro de caución. Las pólizas deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Serán emitidas a favor de la Municipalidad de Chacabuco; b) En su texto identificarán la licitación de que se trata; c) Se sujetarán a las disposiciones en vigencia de la Superintendencia de Seguros de la Nación; d) Indicará el período de cobertura, el que no podrá ser inferior al término de mantenimiento de la oferta y sus eventuales prórrogas; e) Se acompañará recibo de pago total emitido por la aseguradora, en el que conste que en caso de prórroga del periodo de mantenimiento de oferta, la falta de pago de la prima pertinente no hará caer el seguro.
15.3 Fianza bancaria. Las fianzas bancarias deberán llenar los siguientes requisitos: a) Serán emitidas a favor de la Municipalidad de Chacabuco; b) En su texto indicarán la Licitación de que se trata. c) La institución bancaria se constituirá en fiadora lisa, llana y principal pagadora, con renuncia a los beneficios de división o excusión; d) Las firmas de los funcionarios actuantes estarán certificadas por el Banco Central de la República Argentina; e) Indicará el período de cobertura, el que no podrá ser inferior al término de mantenimiento de la oferta y al de sus eventuales prórrogas; f) Será condición que el Banco fiador renuncie expresamente a oponer cualquier compensación por crédito que tuviere o pudiera llegar a tener contra la Municipalidad de Chacabuco o contra el oferente.
15.4 Depósito en efectivo. Mediante depósito que se efectuará en la Tesorería de la Municipalidad de Chacabuco.————————————————————-

Artículo 16º: PERDIDA DE LA GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El desistimiento de la oferta en cualquier etapa del proceso licitatorio, hará exigible la garantía.———————————————————————————————–

Artículo 17º: CONTENIDO DE LA OFERTA
La oferta contendrá: a) Un ejemplar firmado del pliego por el oferente y, en su caso, de las circulares aclaratorias; b) Constancia que acredite la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta; c) Los textos y documentos que haga a la individualización de los oferentes; d) Los antecedentes que hagan a la capacidad empresarial y económico-financiera del oferente; e) Constancia de inscripción del oferente en el Registro de Contratistas de la Municipalidad de Chacabuco; f) La cotización de la oferta; g) Toda documentación requerida en las Condiciones Particulares; h) Constancia de la adquisición del Pliego de esta Licitación.

17.1. Los textos y anexos documentales que acreditan la individualización Jurídica del oferente.
17.2.1 Si se tratara de personas físicas se precisara su nombre completo, de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real, estado civil, documento de identidad, número de CUIT o en su caso de CUIL.
17.2.2 Si se tratara de persona Jurídica, se consignará: a) Su denominación, domicilio social, el lugar y fecha de su constitución y los datos de su inscripción registral ante el órgano de control que corresponda. Se agregará copia de los documentos de los que resulte la vigencia del contrato o estatuto; b) Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración y de fiscalización, en su caso, con detalle de sus datos personales, conforme lo requerido para las personas físicas en 17.2.1., aclarando el período de vigencia de sus mandatos y acompañando copia de la documentación de la que ello surja; c) Si se tratara de sociedades en comandita por acciones, se indicarán los accionistas que poseen control o, en su defecto, los principales tenedores de acciones, con sus datos personales; d) En caso de que las personas jurídicas integraran un grupo económico, se deberá precisar tal característica, enunciando su o sus directas controladas y/o controlantes, así como las empresas principales que integran dicho grupo; e) En cualquiera de los casos precedentemente contemplados se presentará copia del acta del órgano societario del que surja la decisión de concurrir a esta licitación y él o los representantes legales o convencionales designados al efecto; asimismo expresará las facultades de dichos representantes para efectuar la oferta y obligar a la sociedad.
17.3 Información económica financiera del oferente
17.3.1 En caso de tratarse de los sujetos contemplados en 17.2.2. se adjuntará copia del último balance firmado por Contador Público Nacional, con certificación del Consejo Profesional correspondiente.
17.3.2. Garantía de mantenimiento de oferta: Se incluirá la garantía de mantenimiento de oferta, constituida de acuerdo a alguna de las formas contempladas en el art. 15.

17.4 Presentación de las propuestas: Las PROPUESTAS serán presentadas en 1 sobre externo, caja o paquete, sin identificación del presentante, donde conste claramente el Nº de Licitación, la fecha y hora de la apertura, incluyendo en el mismo:

17.4.1. Sobre 1 ANTECEDENTES
Deberá incluir toda la documentación solicitada en el pliego, exceptuando lo incluido en el sobre 2.

17.4.2. Sobre 2 OFERTA:
Incluirá la oferta, con las características que se definen en el Pliego de Condiciones Particulares.——————————————————————————————-

Artículo 18º: APERTURA DE LAS PROPUESTAS
18.1 La apertura de la PROPUESTA y del sobre 1 ANTECEDENTES se realizará en la Oficina de Compras de la LICITANTE, en el día y a la hora que fije el decreto de convocatoria, en acto público que será presidido por el Jefe de la Oficina Compras y/o quien lo reemplace.
18.2 Se labrará acta en la que se dejará constancia de las propuestas recibidas, del nombre o designación de sus representantes y del número de orden asignado a cada una de ellas.
18.3 Se procederá a la apertura de los sobres 1 ANTECEDENTES y posteriormente, en caso de corresponder, los sobres 2 PROPUESTA, dejándose constancia de la cantidad de ejemplares presentados.
18.4 Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura.
18.5 El ejemplar original quedará en el expediente licitatorio; en la Oficina de Compras, a disposición de los oferentes por el término de tres días, a contar del día siguiente al acto de apertura, en el horario de 08 a 12 hs. Durante dicho plazo se podrán efectuar las impugnaciones que se estimen correspondan.
18.6 El acta que se labre será rubricada por los funcionarios presentes en el acto y por los oferentes que deseen hacerlo, quienes podrán formular las manifestaciones que estimen pertinente en cuanto a los aspectos formales del acto.
No se admitirá en dicha oportunidad impugnación de ningún tipo respecto de las ofertas.—————————————————————————————-

Artículo 19º: EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES
19.1 Vencido el término fijado en el Art. N° 18.5, la Autoridad de Aplicación procederá al análisis y evaluación de las ofertas, pronunciándose sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas presentadas.
19.2 Serán consideradas inadmisibles las ofertas que: a) No incluyan los recaudos prescriptos en los artículos precedentes; b) Se aparten del pliego, pongan condiciones, formulen objeciones o incurran en omisiones que impidan su confrontación con las restantes ofertas.
19.3 No serán motivos de rechazo los defectos que -a juicio de la autoridad de aplicación- no afecten la esencia de la oferta. En tal caso, dicha autoridad podrá intimar al interesado la subsanación pertinente, dentro del término perentorio que fije al efecto bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar a los oferentes todas las informaciones, documentación y aclaraciones respecto de su propuesta, que deberá cumplimentar dentro de las 48 hs. horas del requerimiento.
19.4 El resultado de la evaluación de las ofertas en 19.1 se hará saber a todos los oferentes, quienes dentro del quinto día de notificados podrán recurrir aquella evaluación, sin que ello suspenda la continuación del trámite licitatorio. El oferente que desee impugnar el acto administrativo deberá previamente depositar en efectivo un monto equivalente a pesos UN MIL ($ 1.000), el que sólo le será devuelto en caso de prosperar el recurso.
19.5 La Municipalidad se reserva la facultad de rechazar todas las propuestas, sin que esto cree derecho alguno a favor de los proponentes, ni obligación para la Municipalidad.——————————————————————————-

Artículo 20º: ADJUDICACION
La Autoridad de Aplicación se expedirá respecto de la o las ofertas que resulte o resultan, a su criterio, la o las más conveniente o convenientes a través de sus reparticiones técnicas correspondientes (L.O.M.) que podrán hacerlo en forma conjunta o separada indistintamente; y se procederá al dictado del decreto de adjudicación. Esta decisión será irrecurrible por la vía Administrativa.
Dentro de las setenta y dos (72) horas de efectuada la adjudicación la Municipalidad notificará de ello al adjudicatario en el domicilio legal constituido por éste.—————-

Artículo 21º: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dentro de los tres días de notificado el decreto de adjudicación, el oferente adjudicatario deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato por un monto de PESOS CINCO MIL ($5.000), por el término de vigencia del contrato. La garantía se constituirá en el modo y forma previstos en 15.2 de este pliego.——————————

Artículo 22º: FIRMA DE CONTRATO
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la aprobación de la garantía de cumplimiento de contrato, se suscribirá el correspondiente Contrato.———————————————————————————————–

Artículo 23º: INCUMPLIMIENTO – SANCIONES
En caso de un incumplimiento total, parcial, defectuoso o fuera de término, por parte del adjudicatario, la LICITANTE, previa intimación efectuada por la autoridad de aplicación para regularizar la situación dentro del término que fije al efecto, podrá optar por a) Demandar el cumplimiento del contrato, con más una multa diaria de PESOS CIEN ($100), o b) Declarar resuelto el contrato y ejecutar la garantía de cumplimiento de contrato.——————————————————————————————–

Artículo 24º: PLAZO DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato se establece en las Condiciones Particulares.————

Artículo 25 °: INCOMPARECENCIA A LA FIRMA DEL CONTRATO
En caso de no comparecencia, el adjudicatario se hará pasible de las penalida¬des establecidas en el Artículo 16 y la Licitante podrá pasar a adjudicar la Licitación a la empresa que le siga en orden de conveniencia o bien dejar sin efecto la Licitación.——

Artículo 26: CESION DE CONTRATO: El adjudicatario no podrá ceder el contrato suscripto en todo o en parte salvo en casos excepcionales a juicio de la Municipalidad. De ser así, el cesionario deberá reunir similares condiciones que el cedente, quedando el primero como único responsable por la parte de obra ejecutada por el primero.——–

Artículo 27°: DEVOLUCION DE LA GARANTIA DEL CONTRATO: La garantía del contrato cubre las responsabilidades emergentes del mismo y será devuelta al contratista dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de vencida la vigencia del contrato y siempre que justifique haber satisfecho las indemnizaciones de los daños y perjuicios que corren por su cuenta, si los hubiere.——————————-

Artículo 28°: PRORROGA DEL PLAZO: Vencido el plazo fijado en las condicio¬nes particulares para la prestación del servicio, se podrá otorgar una prórroga, en caso que la Municipalidad así lo requiera.——————————————————————

Artículo 29°: INSTRUMENTOS CONTRACTUALES Y DOCUMENTACION ACCESORIA:
Serán documentos integrantes del contrato que ambas partes suscribirán:
a) El legajo licitatorio completo y sus anexos.
b) Las circulares aclaratorias.
c) La oferta y el decreto de Adjudicación.
d) Toda otra documentación accesoria que hará fe en lo pertinente
Con el Contrato se firmarán dos (2) ejemplares de la documentación licitatoria.
Un ejemplar quedará agregado al contrato original y el otro se entregará al Contratista.-

Artículo 30°: ORDEN DE APLICACION DE LOS DOCUMENTOS TECNICOS
En caso de discrepancia la interpretación de la documentación contractual se regirá por los siguientes principios, salvo mención en contra respecto al punto cuestionado:
Concepción general: de lo particular a lo general.
Concepción cronológica: de lo posterior a lo anterior.
Concepción técnica: 1º Contrato 2º Pliegos.———————————————-

Artículo 31°: PLAZO PARA RECLAMACIONES
Las reclamaciones del Contratista, para cuya presentación NO SE ESTABLEZCAN EXPRESAMENTE PLAZOS EN OTRA PARTE DE ESTE PLIEGO, deberán ser interpuestas dentro de los diez (10) días corridos de producido el hecho que las motiva, quedando el contratista obligado a fundamentarlas debida¬mente en un plazo de diez (10) días corridos del vencimiento del primer término. Si así no lo hiciera, perderá todo derecho.———————————————————————————————–

Artículo 32°: INICIACION DEL SERVICIO
El Contratista queda obligado a comenzar la prestación del servicio dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la fecha de la firma del contrato.- De no dar comienzo en tiempo y forma, y en caso que la Municipalidad no ejerza el derecho de rescisión, el plazo prestación del servicio se computará a partir del vencimiento de los treinta (30) días acordados, pudiendo optarse por la aplicación de una multa, de acuerdo a lo estable¬cido en el artículo correspondiente.- De existir causa que imposibilite totalmente el comienzo de la prestación del servicio (a juicio de la Municipalidad), se dará inicio al desaparecer la causa aludida.——————————————————

Artículo 33°: VEHICULOS A UTILIZAR EN LA PRESTACION DEL SERVICIO POR EL CONTRATISTA
La conformidad que dé la Municipalidad a los vehículos que proponga el oferente en su propuesta no implica responsabilidad alguna para aque¬lla si debe ser aumentado, modificado o reemplazado total o parcialmen¬te, para cumplir con la prestación del servicio previsto y aprobado. Se entiende que una de las condiciones básicas del contrato reside en el cumplimiento del mismo dentro del plazo de concesión programado.——————————————————————————————

Artículo 34°: APLICACION DE PENALIDADES
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales que le competen al contratista, MOTIVARA LA APLICACION DE PENALIDA¬DES, LAS QUE SERAN REGULADAS EN FUNCION DE LA INFRACCION POR EL COMITENTE, TODA VEZ QUE LA MISMA NO ESTE ESTABLECIDA TAXATIVAMENTE EN EL PRESENTE PLIEGO.——————————————————————————

Artículo 35°: LAS PENALIDADES NO MODIFICAN EL PLAZO CONTRACTUAL
Las penalidades aplicadas al Contratista por incumplimiento de las Bases y Condiciones Generales y/o Particulares establecidas en el pre¬sente pliego, no suspenden, interrumpen ni amplían los plazos estableci¬dos contractualmente para la prestación del servicio.—————————————————————————–

Artículo 36°: PERSONAL
El contratista deberá mantener al día el pago del personal empleado en el servicio, abonar los salarios no inferiores a los mínimos en vigencia y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo. La falta de cumplimiento de estas obligaciones será motivo de la suspensión de la prestación del servicio, sin que ello de lugar a reclamo de resarcimiento. El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo por dos veces consecutivas o por tres veces en forma discontinua, hará pasible al Contratista de la rescisión del con¬trato.——————————————————-

Artículo 37°: DAÑOS A PERSONAS O COSAS
El Contratista tomará a su debido tiempo todas las precauciones para evitar daños al personal, a terceros y a las propiedades públicas y/o privadas, así pudieran provenir esos daños de maniobras en la prestación del servicio o de causas eventuales. El resarcimiento de los perjuicios que, no obstante, se produjeran correrá por cuenta exclusiva del Contratista. Estas responsabilidades subsistirán hasta el vencimiento del plazo contractual.————————————————————————————

Artículo 38°: SEGUROS
El Contratista asegurará en una compañía argentina autorizada a todos los empleados que emplee en la prestación del servicio, así como a personas y bienes transportados, los vehículos, instalaciones y elementos afectados a la explotación.
Todas las pólizas de seguro o sus copias autenticadas serán entre¬gadas a la Comitente en el momento que le sean requeridas, aún antes del comienzo de la prestación del servicio.
La póliza de seguro deberá contener una cláusula en la que se indique que no podrá ser anulada y/o modificada sin previo consentimiento de la Municipalidad.——————–

Artículo 39°: RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES
El contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos policiales o municipales vigentes. Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los perjuicios o intereses, en caso de cometer cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.——————–

Artículo 40°: SUPERINTENDENCIA DEL SERVICIO
La misma estará a cargo del organismo dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, a la que el Contratista facilitará el control del servicio. La inobservancia de esta obligación, los actos de cualquier índole que perturben la prestación del servicio, harán pasible al culpable de su inmediata expulsión.——————————————-

Artículo 41°: PLAZO DE GARANTIA
Durante el plazo de garantía, el que se especificará en las Condiciones Legales Particulares, el Contratista será responsable de la continuidad de la prestación del servicio.———————————————————————————————–

Artículo 42°: CAUSAS DE RESCISION
El contrato podrá rescindirse por cualquiera de las causas y en orden a las normas aplicables que se establezcan en el Pliego de Condiciones Particulares.——————–

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Artículo 1º: OBJETO DEL LLAMADO:
El presente llamado se efectúa para la contratación de la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en la ciudad de Chacabuco, partido de Chacabuco, según lo establecido por la Ley Orgánica de Pasajeros de la Provincia de Buenos Aires (Ley 16378/57) y Decreto Reglamentario Nº 6964 . Las características del servicio que se licita son las que se establecen en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
La licitación se regirá por las siguientes normas teniendo en cuenta el orden de prelación con que se anuncian:
a) El Pliego de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
b) La Ley Orgánica Municipal
c) El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires
d) La Ordenanza Municipal Nº 4247/2006
e) La Ley Orgánica que reglamenta el Transporte de Pasajeros en la Pcia. de Buenos Aires y el Código de Tránsito, sus reglamentarias y sus modificatorias.—————————————————————————

Artículo 2º: REGISTRO DE CONTRATISTAS:
Para ser admitido en la presente Licitación, el proponente deberá estar inscripto en el Registro de Contratistas de la Municipalidad de Chacabuco.———————————-

Artículo 3°: APERTURA DE LOS SOBRES, PRESENTACION DE LA PROPUESTA Y CONTENIDO DE LOS SOBRES:
La apertura de los sobres se realizará el día 29 de julio de 2016, a las 10,00hs. En la Oficina de Compras de la Municipalidad de Chacabuco, sita en calle Reconquista N° 26, Chacabuco.
Los PROPONENTES podrán presentar sus ofertas en la Oficina de Compras hasta el día y horario fijado para la apertura de los sobres. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, con la única inscripción: “LICITACION PUBLICA PARA LA CONCESION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LA CIUDAD DE CHACABUCO”. El sobre o paquete arriba mencionado deberá contener los sobres Nº 1 y Nº 2 según se detalla a continuación.

SOBRE Nº 1:
a) La constancia de haber adquirido el pliego de bases y condiciones.
b) La constancia de haber constituido la garantía de mantenimiento de oferta.
c) La constancia de Inscripción en el Registro de Contratistas de la Municipalidad de Chacabuco.
d) La declaración de que para cualquier situación Judicial que se suscite se acepta la jurisdicción de los tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Junín (B) –
e) La constitución de domicilio legal en el Partido de Chacabuco, y domicilio real.-
f) Para el caso de Sociedades Anónimas, copia certificada del Acta de la Reunión de Directorio que autoriza a la concurrencia al Acto Licitatorio.
g) Antecedentes Empresarios en la prestación del servicio similar a la licitada.
h) Fotocopias certificadas de los últimos pagos exigibles a la fecha de Licitación. de los siguientes impuestos y cargas sociales: I.V.A.; Ingresos Brutos.
i) Certificado Fiscal para Contratar, emitido por la A.F.I.P.
j) Capacidad Financiera y Declaratoria de Bienes firmada y sellada por CPN, certificada por el Colegio Profesional correspondiente.

SOBRE Nº 2:
a) El recorrido propuesto detallado.
b) El plano, en escala que permita su interpretación, con indicación del recorrido propuesto.
c) La planilla de Horario, Frecuencia y Tarifas.
d) La nómina de unidades que afectará al servicio (tipo, especificaciones generales y condiciones de los mismos).
e) Certificados de Deudas, Dominio e inhibiciones que acrediten fehacientemente que no se encuentran impedidos de la libertad de disponer patrimonialmente y que los vehículos no estén gravados ni prendados.
f) La descripción de los fundamentos técnicos, económicos y sociales que avalen el recorrido propuesto.-
g) Cálculo técnico y de financiación del servicio licitado.
h) Expresa declaración del mantenimiento de propuesta.
En el acto de apertura serán excluidos automáticamente aquellos oferentes que no incluyan en el Sobre N°1 de su propuesta el punto c). En todos los casos se procederá a la devolución de la propuesta en el mismo acto.
Asimismo, serán excluidos durante el transcurso del acto licitatorio aquellos oferentes que:
a) Propongan plazos superiores a los establecidos oficialmente.
b) Falsearan las informaciones suministradas.————————————————–

Artículo 4º: APERTURA DEL SOBRE N° 2:
Una vez abierto los Sobres n° 1 y no existiendo causal de rechazo automático se procederá a la apertura de los Sobres n° 2. En el mismo acto se procederá a la devolución a los interesados, de las ofertas cuyo Sobre N° 1 no reúna los requisitos exigidos.———————————————————————————————–

Artículo 5º: ADJUDICACION:
La Municipalidad procederá a la adjudicación dentro de los sesenta (60) días corridos de la apertura de la licitación, notificando a las oferentes dentro del plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente licitación (art. 20º).——–

Artículo 6º: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
La empresa será, en todos los casos, responsable de los daños y perjuicios ocasionados al comitente o a terceros, cualquiera sea su causa o naturaleza, por el dolo, imprudencia, impericia o negligencia de sus agentes, debiendo responder directamente ante aquellos sin tener derecho a requerir compensaciones.
Dentro de los diez (10) días hábiles de autorizado el servicio, el Contratista deberá presentar Póliza de Responsabilidad Civil del Transportista, por daños personales o materiales a terceros, endosada a favor de la Municipalidad de Chacabuco, original con firma certificada. Seguro sobre las personas y bienes transportados; seguro sobre el personal; seguro sobre los vehículos, instalaciones y elementos afectados a la explotación.——————————————————————————————-

Artículo 7º: RECORRIDO:
El recorrido deberá ser propuesto por la oferente teniendo en cuenta expresamente los siguientes sectores: localidad de Cucha-Cucha, radio céntrico, Hospital Municipal, Cementerio Municipal y barrios periféricos.
Una vez establecidos los recorridos, si la concesionaria pretendiera introducir variantes o prolongaciones, elevará la solicitud al D.E. acorde a lo establecido en el art. 14º de la ordenanza Nº 4247/06.——————————————————————————

Artículo 8º: PARADAS:
Deberá realizarse como mínimo una (1) parada cada cuatro (4) cuadras.——————–

Artículo 9º: FRECUENCIA:
Días hábiles: mínimo cinco (5) viajes diarios; días feriados: mínimo tres (3) viajes diarios, con opción a implementar mayor cantidad de viajes a criterio de la contratista con acuerdo de la Municipalidad. Los horarios de iniciación, de cierre y frecuencia del recorrido serán los que proponga el oferente con la anuencia del D.E. Municipal, estableciéndose que en los días hábiles se cubrirán estos horarios: 7,30; 9,30; 11,30; 15,00 y 17,00hs. Ello sin perjuicio de otros horarios que pueda establecer el oferente en su propuesta, respetando asimismo estos establecidos.- —————————————

Artículo 10º : TARIFAS:
El valor del boleto se establece en la suma de $ 5 para el recorrido dentro del radio de la ciudad de Chacabuco y $ 10 para el recorrido que tiene como destino a localidad de Cucha – Cucha.- ————————————————————————————

Artículo 11º: PARQUE MOVIL:
Los vehículos a utilizar deberán cumplimentar los requisitos establecidos en el artículo 21º de la Ordenanza Nº 4247/06, que forma parte integrante del presente pliego de bases y condiciones.
Se deberá disponer de dos (2) vehículos para efectuar el recorrido y otro de las mismas características para caso de auxilio, los mismos deberán tener una capacidad mínima de dieciséis (16) pasajeros sentados cada uno; deberá cumplir los requisitos mínimos de seguridad e higiene exigidos por la legislación vigente. Cuando los vehículos, a juicio de la Municipalidad, dejaren de reunir las condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia necesaria para el servicio público, se intimará a la concesionaria a la reparación o al reemplazo de la unidad. Si el estado del vehículo generara un riesgo grave e inminente, se dispondrá su inmediato retiro del servicio y su reemplazo.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos de explotación, mantenimiento, higiene y conservación de los vehículos y demás instalaciones que deban poseer para el correcto cumplimiento del servicio.
Si a criterio de la Municipalidad, la cantidad de vehículos en servicio y su frecuencia no satisficieren las necesidades normales de una prestación eficiente, podrá demandar a la concesionaria la puesta en servicio de más unidades y, en caso que la concesionaria no cumpliese, podrá licitar la complementación de la línea afectada o dejar sin efecto la concesión por incumplimiento.———————————————————————

Artículo 12º: GUARDA COCHES:
Los garajes, talleres, estaciones de servicio y playas de estacionamiento de los vehículos de la empresa concesionaria deberán reunir las condiciones exigidas por la legislación en la materia; y deberá contar con la habilitación municipal. Estas dependencias deberán estar radicadas en el Partido de Chacabuco.——————————————–

Artículo 13º: REGIMEN CONTABLE Y FISCALIZACION:
La contratista concesionaria estará obligada a llevar al día los libros de contabilidad en la forma que se establece en el Código de Comercio, sin perjuicio de ello, la Municipalidad podrá exigir y determinar otros libros y planillas adicionales necesarias para la más eficaz fiscalización de los servicios y desenvolvimiento económico de la empresa contratista.———————————————————————————-

Artículo 14º: PLAZO:
La concesión se otorgará por el plazo de diez (10) años, a contar desde la fecha en que se suscriba el contrato de concesión y podrán ser prorrogados de acuerdo a los términos del art. 231 de la Ley orgánica Municipal.——————————————————-

Artículo 15º: PERSONAL:
El personal que contrate el adjudicatario deberá estar inscripto en el Registro de trabajadores de esa especialidad y afiliado a la Caja de previsión correspondiente. El personal deberá reunir condiciones de idoneidad y psicofísicas, y en caso que se requiera, someterse a las pruebas pertinentes que se establezcan para ese fin.
Se comunicará a la Municipalidad tanto las altas como las bajas dentro de las setenta y dos (72) horas de producidas las mismas. En caso de incumplimiento se hará pasible de las sanciones correspondientes.——————————————————————–

Artículo 16º: MANTENIMIENTO DE OFERTA:
La oferta se deberá mantener por el plazo de treinta (30) días corridos a partir de su presentación.——————————————————————————————

Artículo 17º: RESCISION DEL CONTRATO:
La Municipalidad tendrá derecho a rescindir el contrato de concesión cuando la concesionaria no inicie la prestación del servicio en el plazo fijado en el contrato de concesión; cuando haya incumplimiento grave de las disposiciones de la Ordenanza Nº 4247/06 y demás disposiciones legales; ante la insolvencia de la concesionaria; ante el incumplimiento de las directivas municipales como así la inexactitud de las informaciones que se soliciten; cuando se realicen modificaciones del contrato social, sin la previa autorización de la Municipalidad; cuando la concesionaria no preste el servicio a su cargo con el mínimo de eficiencia, seguridad, regularidad, higiene y comodidad para el usuario.
El comitente se reserva el derecho de hacer públicas las causas que motivaron la rescisión y dar cuenta a los organismos oficiales que crea conveniente.———————

Artículo 18º: INICIACION DEL SERVICIO:
El servicio deberá comenzar a prestarse dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha del contrato de concesión correspondiente.——————————–

Artículo 19º: CONTINUIDAD Y REGULARIDAD DEL SERVICIO:
La contratista deberá asegurar la continuidad y regularidad del servicio, en caso que, por causas extraordinarias fuera de su control, la concesionaria se encontrara imposibilitada de asegurar la prestación del servicio, deberá comunicarlo dentro de las diez (10) horas a la Municipalidad, poniendo a su disposición el parque móvil y demás bienes afectados a la prestación.—————————————————————————————-

Artículo 20º: MULTAS:
Serán de aplicación las siguientes multas por incumplimiento:
a) Por interrupción total o parcial del servicio, por unidad de transporte, y por día y fracción de día, de acuerdo a los montos establecidos en la Ordenanza Impositiva anual.
b) Incumplimiento de Leyes o Convenios Laborales, por cada día que transcurra desde la intimación, hasta su efectiva regularización, de acuerdo a los montos establecidos en la Ordenanza Impositiva anual.—————————————-

Artículo 21º: EXCLUSIVIDAD DE RECORRIDO:
La presente adjudicación no asegurará en ningún caso exclusividad de recorrido, reservándose esta Municipalidad el derecho de extensión cuando razones de servicio así lo exijan, debiendo esta Municipalidad correr traslado a la concesionaria afectada, quien podrá observar o impugnar el proyecto dentro de los quince (15) días de la fecha de traslado conferido. La Municipalidad deberá dictaminar fundamentalmente en base a las observaciones formuladas y las posibilidades de corrección y reajuste; y proponer al H. Concejo Deliberante lo que estime corresponder.——————————————–