Se informa a la comunidad que a partir de la fecha, bajo la Ordenanza 2422/2000, se prohíbe la extracción de arbolado público.
En caso de podas correctivas, se solicita a la comunidad realizar la tarea el día anterior a la recolección de residuos no domiciliarios.
El vecino deberá hacerse cargo de las ramas sin obstruir la vía pública. Aquellas podas pequeñas tendrán que ser embolsadas y colocadas sobre la vereda. En caso de efectuarse una poda mayor, el particular deberá contratar el servicio de volquetes.